Planes en Gestión de Riesgo y Desastres (Planes de Emergencias)

Comúnmente escuchamos a nuestros profesionales de la gestión del Riesgo hablar sobre planes “el plan de emergencia, de contingencia, el de mitigación, de gestión de riesgo…” y una retahíla de planes que, si desearíamos archivarlos, la Biblioteca “República Dominicana” o el Archivo Nacional de nuestra nación quedarían casi totalmente rebosados de tantos escritos.  Hoy relacionaremos algunos de estos instrumentos con el interés de aclararnos dudas, para esto hemos obtenido algunos escritos.

Características Planes OPS

 

Existen innumerables definiciones de lo que es un plan, pero tomaremos la que a nuestro entender es la más llana y entendible de todas:  Según Tomás Miklos, el plan es “Una representación documental del conjunto de decisiones previamente expuestas a las que debemos de  asignar recursos para unos propósitos preestablecidos” en otras palabras es un documento (algo escrito) en el cual colocamos los procedimientos (pasos organizados) a llevar a cabo para realizar una acción u obtener un resultado.

 

Ahora bien, los diferentes tipos de planes nos lo va a decir “Su apellido” esto es la partícula o palabra que le coloquemos detrás, y según sean estas palabras van a ser los objetivos o resultados que cada uno busca… hoy vamos a ver, comparar y tratar de entender algunas definiciones de Planes de Emergencias:

 

Planes de Emergencia:

El Argentino Julio Bardi define un plan de emergencia como: “Un documento que establece las responsabilidades y normas que, ante un evento adverso, permiten administrar de manera efectiva y eficiente todos los recursos de una comunidad”. Genial Bardi nos aclara que en este plan deben colocarse las responsabilidades y normas (quién hace qué y con qué criterio), además de decirnos que el plan debe permitir una administración efectiva (resultados) y eficiente (con un proceso bien establecido).

 

De la página del Centro Regional de Información para Desastres de América Latina y el Caribe (CRID) obtenemos lo siguiente “Definición de funciones, responsabilidades y procedimientos generales de reacción y alerta institucional, inventario de recursos, coordinación de actividades operativas y simulación para la capacitación, con el fin de salvaguardar la vida, proteger los bienes y recobrar la normalidad de la sociedad tan pronto como sea posible después de que se presente un fenómeno peligroso.”  La coincide con definición colocada en la ley de Gestión de Riesgo Dominicana (147-02), de ambas definiciones entonces podemos resaltar que en un plan de emergencias debe haber una reacción y una codificación que defina los tipos de alerta de una institución o país, de ser el caso; con la finalidad de que, estas acciones puedan llevar a la normalidad a una comunidad o sociedad, cuanto antes.

 

El Doctor en Geografía Allan Lavell, en su escrito “Sobre la Gestión del Riesgo: Apuntes hacía una Definición” expone exactamente la misma definición con la única diferencia de la inclusión de la palabra “revisión” al referirse a la “simulación para la capacitación y revisión”. En éste último y sencillo vocablo estamos totalmente de acuerdo, ya que al realizar una simulación, simulacro o cualquier tipo de ejercicio que se desee aplicar si no existe un análisis metódico y exhaustivo de lo ejecutado no existe razón para llevar a cabo esta actividad.

Engranaje

 

Según lo leído anteriormente, nos queda claro que, un plan de emergencias es un documento conteniendo pasos para los casos de ocurrencia o aparición de un evento adverso (amenaza) y que el mismo debe de incluir las responsabilidades (funciones) generales de las personas o departamentos involucrados, normas claras, las cuales permitan una administración idónea (Efectiva y eficiente) de los recursos, mediante una reacción (respuesta) institucional o comunal que esté regida por diferentes tipos de alertas, con la intención de volver a la comunidad afectada a un estado lo más parecido al anterior al evento desastroso.

 

Algunas definiciones y aportes tomados de:

  

Bardi, Julio J., OFDA/LAC, Gestión de Riesgo en Desastres y Emergencias Complejas, Argentina, marzo de 2004

  

Lavell, Allan Ph.D. “Sobre la Gestión del Riesgo: Apuntes hacía una Definición”.

  

Ley de Gestión de Riesgos (147-02), Congreso de la República Dominicana.

  

 Vocabulario Controlado del Centro Regional de Información para Desastres de América Latina y el Caribe (CRID) http://www.crid.or.cr/crid/CD_VCD/DocsIndex.html

 

Algunos gráficas tomadas de la Web.

 

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